Ley N°21.207 que contempla diversas medidas tributarias y financieras destinadas a apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas.

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¿Sabías que se acaba de publicar una ley que contempla diversas medidas tributarias y financieras destinadas a apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas?

Efectivamente. Con fecha 20 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.207, que “contempla diversas medidas tributarias y financieras destinadas a apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas”.

Para efectos de la nueva Ley, las micro, pequeñas y medianas empresas se denominan conjuntamente Mipymes.

 

¿Que se entiende por micro, pequeña y mediana empresa?

 

De acuerdo con lo establecido en la Ley N°20.416 que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, las Mipymes son:

a. Microempresas: Aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

b. Pequeñas empresas: Aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario

c. Medianas empresas: Aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario.

 

¿Qué motivó la dictación de la nueva Ley?

 

Entre sus fundamentos, se señala que las Mipymes son las empresas más sensibles a los cambios de la economía. En efecto, su tasa de creación y desarrollo está directamente relacionada con el crecimiento del país y con la estabilidad social y económica que éste provee. En este sentido, las posibilidades de desarrollo de un emprendimiento se relacionan con el esfuerzo de cada emprendedor, pero también, especialmente, con las condiciones que lo rodean, las que son ajenas a su control.

 

Agrega la historia de la Ley que, como consecuencia de las circunstancias sociales y políticas del último período del año 2019, miles de Mipymes a lo largo de todo el país han sufrido bajas significativas en sus ventas y en su productividad, lo que pone en riesgo la sustentabilidad de los negocios de muchos emprendedores, de los empleos que generan y que tendrán impacto en la futura creación de trabajos y nuevos emprendimientos.

 

Frente a este escenario, el mensaje de la Ley señala que es imperativo tomar medidas para apoyar e incentivar el desarrollo económico de las Mipymes, siempre resguardando que ello obedezca a criterios razonables y de responsabilidad fiscal.

 

¿Cuáles son los objetivos de la nueva Ley?

 

El objetivo general de la Ley N°21.207 es prestarle apoyo a las Mipymes en el contexto actual de desaceleración económica y de disminución de sus ventas como consecuencia del estallido social, que han afectado el normal funcionamiento de la actividad económica durante los últimos meses. Se busca, además, implementar medidas para otorgarles mayor liquidez mediante la posibilidad de postergar el pago del Impuesto al Valor Agregado y la posibilidad de obtener una devolución anticipada del Impuesto a la Renta.

 

Las medidas están dirigidas a todas las Mipymes cuya facturación en octubre o noviembre de 2019 tuvo una disminución mayor a 10% calculado respecto del promedio de su facturación declarada en los 12 meses anteriores a dicho mes o a aquellos contribuyentes que únicamente realizan operaciones donde sólo emiten boletas.

 

En concreto: ¿Qué medidas contempla la nueva Ley?

 

  1. 1. El primer beneficio al que pueden acogerse las Mipymes que cumplen con los requisitos, es la posibilidad de postergar un porcentaje del IVA correspondiente a los períodos tributarios de octubre, noviembre y diciembre de 2019, para pagarlo en 12 cuotas, desde enero de 2020 (período que se paga en febrero).

 

El porcentaje que se puede postergar depende de la variación en la facturación de octubre o noviembre de 2019, calculado respecto del promedio de su facturación declarada en los 12 meses anteriores a dicho mes (octubre 2018 a septiembre 2019). Considerando esta variable, los contribuyentes podrán postergar desde un 20% hasta un 75% del IVA. En el caso de quienes emiten solo boletas de ventas y servicios, podrán postergar el 50% del impuesto.

 

  1. 2. Adicionalmente, la Ley entrega la posibilidad de solicitar la devolución anticipada de un porcentaje del Impuesto a la Renta, para aquellas Mipymes que durante 2019 realizaron pagos Provisionales Mensuales Obligatorios (PPMO) o que solicitaron devolución en los años tributarios 2018 y 2019.

 

El porcentaje que se puede solicitar depende también de la variación en la facturación de octubre o noviembre de 2019, respecto del promedio de su facturación declarada en los 12 meses anteriores a dicho mes y va desde un 20% a un 75%. En el caso de los contribuyentes que solo emiten boletas de ventas y servicios, el porcentaje corresponde a un 50%.

 

Para quienes cumplan los requisitos y se acojan al beneficio, en un plazo máximo de 8 días hábiles, el monto anticipado estará disponible en su cuenta bancaria o para pago por caja, según se indique al momento de realizar la solicitud.

 

  1. 3. Con el objetivo de facilitar el proceso, el SII ha habilitado en su sitio web una opción que permite que, ingresando con su RUT y clave, los contribuyentes puedan consultar si cumplen los requisitos para acogerse a estas medidas, y en el caso de ser así, qué porcentaje del IVA pueden postergar y/o qué monto del Impuesto a la Renta pueden solicitar de forma adelantada. También pueden ingresar directamente a la aplicación que les permitirá acogerse al beneficio que requieran.

 

  1. 4. Adicionalmente, el SII autorizó que el IVA de octubre, noviembre y diciembre de 2019, pueda pagarse hasta el 31 de enero de 2020, sin multas ni recargos. En el caso de la solicitud de devolución anticipada de Impuesto a la Renta, el plazo para acogerse es hasta el 28 de febrero de 2020.

 

¿Cuándo entra en vigor la nueva Ley?

 

La Ley entra en vigor de forma inmediata.