¿Qué se entiende por adopción y quienes pueden adoptar?
Adoptar es el acto de recibir legalmente como propio a un hijo que biológicamente no lo es, para brindarle el afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales.
Pueden adoptar:
- Los matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile.
- A falta de ellos, los cónyuges chilenos o extranjeros no residentes en Chile.
- A falta de matrimonios residentes en Chile o en el extranjero, pueden postular las personas solteras, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras, con residencia permanente en el país. Si hubiere varios interesados solteros o viudos que reúnan similares condiciones, el tribunal preferirá a quien sea pariente consanguíneo del menor de edad, y en su defecto, a quien tenga su cuidado personal.