El sueldo base corresponde al pago en dinero, obligatorio y fijo, cancelado por períodos iguales, que recibe un trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, determinado en su contrato.
Por salario mínimo, se entiende la remuneración mínima que fija la ley por el pago de servicios a un trabajador. A partir del 21 de julio de 2008 la ley estableció que el sueldo base de un trabajador no podrá ser inferior al ingreso mínimo. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos de cumplimiento de jornada.
A contar del 1 de julio de 2016, el sueldo mínimo quedó en $257.500 para los trabajadores que tengan entre 18 años y 65 años de edad. A partir del 1 de enero de 2017, el monto será de $264.000 y, a contar del 1 de julio de 2017, tendrá un valor de $270.000. A partir del 1 de enero de 2018, el monto será de $276.000
Para los mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años, el ingreso mínimo a contar del 1 de julio de 2016, queda en $192.230. Ascenderá a $197.082, a contar del 1 de enero de 2017, a $201.561, a contar del 1 de julio de 2017 y a contar del 1 de enero de 2018, será de $206.041.