Adopción de menores

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¿Qué se entiende por adopción y quienes pueden adoptar?

Adoptar es el acto de recibir legalmente como propio a un hijo que biológicamente no lo es, para brindarle el afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades espirituales y materiales.

 

Pueden adoptar:

  1. Los matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile.
  2. A falta de ellos, los cónyuges chilenos o extranjeros no residentes en Chile.
  3. A falta de matrimonios residentes en Chile o en el extranjero, pueden postular las personas solteras, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras, con residencia permanente en el país. Si hubiere varios interesados solteros o viudos que reúnan similares condiciones, el tribunal preferirá a quien sea pariente consanguíneo del menor de edad, y en su defecto, a quien tenga su cuidado personal.